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11/05/2024 05:38:02 www.culleredo.es :: Inicio:: Tramitación :: Información de Procedimiento

Concello de Culleredo



Bonificación en la tasa por consumo de agua por Modulación de la Cuantía en Función de la Capacidad Económica (MCFCE)



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Nivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Información
Descripción A través de este procedimiento, las personas interesadas, en riesgo de exclusión social, podrán solicitar la bonificación en la tasa por consumo de agua. La bonificación sólo será aplicable a la vivienda habitual del contribuyente.
Forma de inicio Instancia de parte.
¿Quién lo puede solicitar? Personas físicas.
Plazo de presentación Los sujetos pasivos que, cumpliendo los requisitos establecidos, pretendan obtener la bonificación regulada en este apartado, deberán presentar una solicitud antes del comienzo del período impositivo en que se pretenda que comience a misma. Las prórrogas deberán ser solicitadas antes de 1 de enero de año para lo cual se solicite la bonificación
¿Cómo solicitarlo? Casa do Concello
Rúa do Concello, 12
Culleredo

Edificio Servicios Múltiples
Rúa Ramón Cabanillas, 14
Culleredo

Por correo certificado dirigido al Registro general del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
Bonificaciones Ordenanza fiscal nº 14 publicada en el apartado Ordenanzas y Reglamentos de la sede electrónica
Ordenanzas y Reglamentos
¿Órgano que lo tramitará? Servicio de Economía y Hacienda.
¿Órgano que lo resolverá? El Alcalde-presidente.
¿Cuándo estará resuelto y cuándo se me notificará? 3 meses.
¿Qué efectos tiene el silencio administrativo? Negativo.
Recursos posibles Recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución
Contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso en el plazo de 2 meses
Cualquier otro que se estime procedente

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
RESOLUCIÓN: Resolución de concesión RISGA Opcional Ambas
SOLICITUDES: Documentación acreditativa presentada con ocasión de la solicitud del PEIS Opcional Ambas
ACREDITACIÓNS: Tarjeta de demandante de empleo Opcional Ambas
CERTIFICADOS: Certificado del Servicio Público de Empleo en el que se recoja si percibe o no prestación o subsidio de desempleo y su cuantía Opcional Ambas
DECLARACIÓNS: Si realizan alguna actividad laboral sin asegurar, deberá aportar una declaración responsable de los ingresos que perciben mensualmente por esta actividad Opcional Ambas
CERTIFICADOS: Copia, si la tiene hecha, de la declaración del IRPF del último ejercicio o certificación negativa de la Agencia Tributaria de no estar obligados a presentarla Opcional Ambas
CERTIFICADOS: Certificado expedido por el órgano competente de la Seguridad Social que corresponda, sobre percepción o no, de pensión y su cuantía Opcional Ambas
CERTIFICADOS: Certificado de vida laboral Opcional Ambas
DECLARACIÓNS: Declaración jurada de ausencia total de ingresos si es el caso Opcional Ambas
CERTIFICADOS: Certificados de cuentas bancarias de los últimos 6 meses Opcional Ambas
ACREDITACIÓNS: Volante de convivencia Opcional Ambas

Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley 39/2015
L 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Ley 3/2018
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Real Decreto Legislativo 2/2004

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática