Descripción
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A través de este procedimiento, las personas interesadas podrán solicitar la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los titulares de viviendas de protección oficial o de precio tasado. La bonificación sólo será aplicable durante los tres primeros períodos impositivos.
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Forma de inicio
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Instancia de parte.
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¿Quién lo puede solicitar?
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Los titulares de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
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Plazo de presentación
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En cualquier momento antes del final de los tres períodos impositivos de duración de la misma.
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¿Cómo solicitarlo?
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Diputación provincial de A Coruña Servicio de Gestión Tributaria C/ Archer Milton Huntington, nº 17 15011 A Coruña.
Casa do Concello Rúa do Concello, 12 Culleredo
Edificio Servicios Múltiples Rúa Ramón Cabanillas, 14 Culleredo
Por correo certificado dirigido al Registro general del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
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Bonificaciones
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Ordenanza fiscal nº 1 publicada en el apartado Ordenanzas y Reglamentos de la sede electrónica Artículo 73 Real Decreto Legislativo 2/2004
Ordenanzas y Reglamentos
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¿Órgano que lo tramitará?
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Diputación provincial de A Coruña.
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