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Concello de Culleredo



Bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en viviendas de protección oficial



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Nivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Información
Descripción A través de este procedimiento, las personas interesadas podrán solicitar la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los titulares de viviendas de protección oficial o de precio tasado. La bonificación sólo será aplicable durante los tres primeros períodos impositivos.
Forma de inicio Instancia de parte.
¿Quién lo puede solicitar? Los titulares de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
Plazo de presentación En cualquier momento antes del final de los tres períodos impositivos de duración de la misma.
¿Cómo solicitarlo? Diputación provincial de A Coruña
Servicio de Gestión Tributaria
C/ Archer Milton Huntington, nº 17
15011 A Coruña.

Casa do Concello
Rúa do Concello, 12
Culleredo

Edificio Servicios Múltiples
Rúa Ramón Cabanillas, 14
Culleredo

Por correo certificado dirigido al Registro general del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
Bonificaciones Ordenanza fiscal nº 1 publicada en el apartado Ordenanzas y Reglamentos de la sede electrónica
Artículo 73 Real Decreto Legislativo 2/2004
Ordenanzas y Reglamentos
¿Órgano que lo tramitará? Diputación provincial de A Coruña.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
SOLICITUDES: Instancia de solicitud debidamente cumplimentada. Obligatorio Ambas
DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: Fotocopia del D.N.I. / N.I.F. del titular del inmueble. Obligatorio Ambas
ACREDITACIONES: Fotocopia del último recibo del I.B.I. o del acuedo catastral en el que conste la referencia catastral del inmueble. Obligatorio Ambas
TITULOS: Fotocopia de la escritura de compraventa. Obligatorio Ambas
ACREDITACIONES: Fotocopia de la cédula de calificación definitiva de vivienda de protección oficial. Obligatorio Ambas
ACREDITACIONES: Para las viviendas de precio tasado fotocopia de la resolución dictada por el Instituto Galego de Vivenda e Solo sobre Financiación Cualificada da Vivenda de Precio Tasado a fin de determinar si los parámetros de superficie máxima protegible, precio de la vivienda y límite de ingresos de los adquirientes, no exceden de los establecidos para las viviendas de protección oficial, y reconocer, en su caso, el beneficio fiscal instado. Opcional Ambas

Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley 39/2015
L 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Ley 3/2018
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Real Decreto Legislativo 2/2004
RD 1720/2007 Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal
Real Decreto 1720/2007
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
L 58/2003
OF 1 Ordenanza fiscal nº 1 Impuesto sobre bienes inmuebles
OF 1

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática