Descripción
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A través de este procedimiento se permite rectificar los datos personales que constan en los ficheros de datos del Ayuntamiento cuando sean erróneos o incompletos
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Forma de inicio
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Instancia de parte
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¿Quién lo puede solicitar?
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1. El derecho de acceso será ejercido por el afectado 2. Tales derechos se ejercitarán: a. Por el afectado, acreditando su identidad, del modo previsto en el artículo siguiente b. Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que le imposibilite el ejercicio personal de estos derechos, podrán ejercitarse por su representante legal, en cuyo caso será necesario que acredite tal condición c. Los derechos también podrán ejercitarse a través de representante voluntario, expresamente designado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la aportación de copia de su Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, y la representación conferida por aquél
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Plazo de presentación
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En cualquier momento a lo largo del año
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¿Cómo solicitarlo?
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A través de una comunicación dirigida al responsable del fichero
Casa do Concello Rúa do Concello, 12 Culleredo
Edificio Servicios Múltiples Rúa Ramón Cabanillas, 14 Culleredo
Por correo certificado dirigido al Registro general del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento A través de cualquier medio de los recogidos en el art 38 de la Ley 30/92
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¿Órgano que lo tramitará?
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El responsable del fichero
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¿Órgano que lo resolverá?
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Alcaldía
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¿Cuándo estará resuelto y cuándo se me notificará?
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El responsable del fichero resolverá sobre la solicitud de rectificación o cancelación en el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud
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¿Qué efectos tiene el silencio administrativo?
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Negativo
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Recursos posibles
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El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación El plazo máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses Contra las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo
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Observaciones
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Podrá denegarse el derecho de rectificación en los supuestos en que así lo prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable del tratamiento revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso
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