Descripción
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A través de este procedimiento la persona interesada puede presentar solicitudes ante el Registro general del Ayuntamiento en relación a todos aquellos asuntos para los que no exista otro procedimiento establecido.
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Forma de inicio
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Instancia de parte.
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¿Quién lo puede solicitar?
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Personas físicas o jurídicas
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Plazo de presentación
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En cualquier momento a lo largo del año
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¿Cómo solicitarlo?
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Las personas físicas podrán presentar las ofertas en el Registro Municipal del Ayuntamiento, en cualquiera de los registros públicos previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y también de manera telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Culleredo. Las personas jurídicas podrán presentar las ofertas en cualquiera de los registros públicos telemáticos previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Culleredo
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Tributos
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En función del procedimiento al que se vincule la solicitud.
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¿Órgano que lo tramitará?
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Registro general y unidad administrativa destinataria.
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¿Órgano que lo resolverá?
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En función del procedimiento al que se vincule.
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¿Cuándo estará resuelto y cuándo se me notificará?
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Dependiendo del procedimiento al que se vincule.
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¿Qué efectos tiene el silencio administrativo?
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En función de la solicitud que se realice.
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Recursos posibles
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Recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. Contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso en el plazo de 2 meses. Cualquier otro que estime procedente.
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